Es el conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto la regulación de las relaciones entre particulares con diferencias marcadas, procurando la equidad y la justicia social, procurando proteger a las clases económicamente débiles.
Se divide en: Derecho Agrario y Derecho del Trabajo.
Se han clasificado las normas jurídicas en normas de derecho privado y normas de derecho público. En el primer grupo se encuentran las leyes que partiendo de la noción de igualdad, regulan las relaciones de las personas en su carácter de particulares, esto es, no investidas de poder público respecto a dichas relaciones, en el segundo grupo, las normas que reglamentan la organización y actividad del Estado y demás organismos dotados de poder público, y las relaciones en que interviene con tal carácter.
El derecho social, debe su contenido a una nueva concepción del hombre por el derecho, ya que para el la igualdad humana no es el punto de partida, sino la aspiración del orden jurídico.
Derecho agrario

El derecho agrario, por lo tanto, es el conjunto de las normas, los reglamentos, las leyes y las disposiciones que regulan la propiedad y organización territorial rústica y las explotaciones agrícolas.
Derecho del trabajo

Es el conjunto de normas jurídicas encargadas de regular las relaciones obrero- patronales y el procedimiento de huelga, así como las relaciones entre empleador(es), trabajador(es), las asociaciones sindicales y el estado. El derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana, lícita, prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador (persona física o jurídica) a cambio de una contraprestación dineraria.
Derecho de la seguridad social
Es una rama del derecho público, considerado dentro de lo que es el derecho social, entre los cuales se encuentra también, el derecho del trabajo y el derecho agrario.

No hay comentarios:
Publicar un comentario